1. Introducción
La cobertura de Medicare se refiere al estado actual de este tratamiento en el sistema de Medicare. Esta es un área que cambia rápidamente, con diferencias regionales y decisiones nacionales recientes o pendientes de Medicare que afectan la cobertura. Generalmente, las ablaciones por radiofrecuencia han estado cubiertas si un paciente es candidato a un procedimiento diagnóstico o terapéutico previo para el mismo dolor. Un ejemplo pueden ser las inyecciones en las articulaciones facetarias, que se administran con fines diagnósticos y terapéuticos para el dolor que se cree que se origina en las articulaciones facetarias. Si las inyecciones brindan un alivio significativo pero el dolor regresa, entonces una ablación por radiofrecuencia de los nervios de la rama medial objetivo se consideraría un tratamiento para ese mismo dolor y se espera que brinde un alivio mayor y a más largo plazo. Debido a cambios recientes, ahora se espera que la cobertura requiera algún tipo de evidencia de que esta forma de tratamiento está mejorando el resultado y la función a largo plazo de una condición de salud, y se espera que las decisiones de cobertura nacional nuevas o continuas afecten la cobertura de estos procedimientos. . (Lee et al.2021)(Cohen et al.2020)(Palmetto & Director, 2024)(Spears et al.2020)(Loveless et al., 2020)(Kettler & Noel, 2020)(Schaening-Perez & Schaening- Pérez, 2020)(Schafer, 2020)(Lawrence & Moynihan, 2020)
La ablación por radiofrecuencia (RFA) implica el uso de una onda de radio para crear una corriente eléctrica y se usa para tratar algunas afecciones médicas. Existen muchos métodos diferentes para generar ondas de radio, incluidas técnicas monopolares y bipolares y métodos más nuevos y potencialmente más eficientes, como Elsman y RF enfriada. En la mayoría de los casos, las ondas de radio se envían al tejido objetivo a través de un electrodo, con guía por imágenes como rayos X, tomografía computarizada o ultrasonido. Niveles suficientemente altos de corriente de radiofrecuencia pueden crear una ablación (o una pequeña área de destrucción), con efectos mínimos sobre el tejido sano circundante. La ablación puede ser un tratamiento (o parte de un tratamiento) para un dolor específico de cadera, espalda, cuello u hombro y, en algunos casos, se utiliza un alivio parcial para identificar si una estructura particular es el generador del dolor.
1.1 Definición de ablación por radiofrecuencia
Al principio, la temperatura media alcanzada rondaba los 60-70°C. Sin embargo, con los avances de la ingeniería, esta temperatura se ha incrementado a 90-100°C. Esto es importante porque si la temperatura es demasiado baja, la lesión no se destruirá de manera efectiva. Por el contrario, si la temperatura es demasiado alta, esto puede causar la ebullición de los fluidos tisulares, lo que resulta en la formación de una capa de tejido desecado alrededor del electrodo. Tiene una alta resistencia eléctrica que puede apagar la ablación y limitar el tamaño del tratamiento. Calentar pañuelos a la temperatura correcta es una gran habilidad; El calentamiento excesivo también aumenta el riesgo de complicaciones y daños a los tejidos normales. (Nakagawa et al.2021)(Mayer et al.2021)(Lanka et al.2021)(Kautzner et al.2021)(Yavin et al.2021)(Deng et al.2022)(Zaltieri et al., 2021) (Reddy et al.2020)(Irastorza et al.2021)
La ablación por radiofrecuencia (RFA) es un tratamiento mínimamente invasivo para el cáncer. Es un procedimiento que utiliza energía eléctrica para destruir las células cancerosas. Se coloca un electrodo de aguja en el centro del cáncer bajo guía de rayos X. La energía eléctrica de alta frecuencia se transmite a través del electrodo hasta el cáncer. Esto provoca calor alrededor del electrodo, lo que provoca la destrucción de las células cancerosas. Se adjunta al paciente una almohadilla de «conexión a tierra» que permite completar el circuito eléctrico. La RFA a veces se denomina terapia de radiofrecuencia (RF).
1.2 Importancia de la cobertura de Medicare
Medicare es un programa de seguro médico para personas de 65 años o más, personas menores de 65 años con ciertas discapacidades y personas de todas las edades con enfermedad renal terminal (insuficiencia renal permanente). La tasa del sistema de pago prospectivo (PPS) de Medicare para el año fiscal (FY) 2002 para neoplasias malignas de hígado (códigos ICD-9-CM 155.0-155.2) tratadas con ablación percutánea de tumores es de $5,872. Esta tarifa de PPS incluye el pago de todos los servicios y cuidados necesarios proporcionados en el tratamiento de la enfermedad. Se espera que en muchos casos el costo de la RFA sea menor que la tarifa del PPS, por lo que el hospital retendrá cualquier diferencia en el pago entre el costo de la RFA y la tarifa del PPS. Si el costo de RFA es igual a la tarifa de PPS, el hospital retendrá la tarifa típica de reembolso para pacientes hospitalizados de Medicare que se basa en el grupo relacionado con el diagnóstico (DRG) para el diagnóstico primario más o menos el pago adicional dependiendo de la presencia de condiciones complicadas o comórbidas o específicas. tratamientos efectivos. Si bien actualmente no hay datos disponibles para determinar la asignación final de GRD de los casos de RFA, se espera que el costo de la RFA sea menor que la tasa de PPS para tumores hepáticos del año fiscal 2002, por lo que los casos de RFA deberían ser más rentables que el caso típico de paciente hospitalizado. Desde 1995, la ablación percutánea de tumores se realiza de forma hospitalaria y ambulatoria, y el pago depende del lugar de servicio. Los servicios prestados en el ámbito hospitalario para pacientes ambulatorios se reembolsan según el Sistema de Pago Prospectivo para Pacientes Ambulatorios (OPPS). Las tarifas de pago OPPS se establecen para agrupaciones de Clasificaciones de Pago Ambulatorio (APC) de servicios similares. Dado que la RFA es una tecnología relativamente nueva, se considera un servicio no clasificado y el pago lo determinará el hospital y luego lo revisará un intermediario fiscal de Medicare. Se realizará un pago provisional utilizando la estimación del costo de RFA del hospital. Si bien los detalles del pago actual y futuro de la ablación ambulatoria aún no están claros, se anticipa que el pago actual de la RFA será al menos igual a la tasa APC para la destrucción más invasiva de órganos o tejidos. La capacidad de retener el pago dependerá de una tasa APC favorable para RFA o cambios futuros en el reembolso de OPPS de servicios no clasificados.
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2. Criterios de cobertura de Medicare para la ablación por radiofrecuencia
Medicare brinda cobertura para la ablación por radiofrecuencia cuando se considera médicamente necesaria. Sin embargo, las definiciones y condiciones de necesidad médica pueden variar entre los pagadores. Medicare define la necesidad médica como un artículo o servicio que es razonable y necesario para el diagnóstico o tratamiento de una enfermedad o lesión, afecta un cambio en el diagnóstico o plan de tratamiento de un paciente y se considera seguro y eficaz según evidencia médica comprobada. También debe haber servicios disponibles que sean necesarios, como supervisión médica o interpretación de una prueba de diagnóstico. También cabe señalar que el hecho de que un médico pueda obtener ganancias de un servicio específico no lo hace irrazonable e innecesario en el programa Medicare. Antes de que se pueda realizar un procedimiento, un médico debe saber si el servicio es un beneficio cubierto por Medicare. En el caso de la ablación por radiofrecuencia, no existe una determinación de cobertura nacional. Por lo tanto, la decisión de cubrir el servicio queda en manos de la aseguradora local de Medicare, quien es responsable de tomar una determinación de cobertura local. (Manchikanti et al.2020)(Loveless et al., 2020)(Schafer, 2020)(Kettler & Noel, 2020)
2.1 Requisitos de necesidad médica
A partir del 1 de junio de 2020, la RFA para el tratamiento del dolor crónico debido a la osteoartritis de rodilla se considerará para una prueba de tratamiento de 12 meses con métodos mixtos (cht y/o medicamentos), siempre que exista un historial documentado de dolor que dure más de 6 meses y evidencia radiográfica de osteoartritis en la rodilla afectada.
B. La ARF de las ramas mediales para el tratamiento del dolor crónico postoracotomía se considera razonable y necesaria, siempre que el dolor: 1. Se localice en la parte anterior del tórax. 2. Ha estado presente durante al menos cuatro semanas. 3. Se confirma que es de origen no maligno.
R. La RFA de los nervios espinales se considera médicamente razonable y necesaria para el tratamiento del dolor lumbar crónico, siempre que se cumplan los siguientes criterios: 1. El dolor no ha mejorado después de una o más discectomías o procedimientos de estabilización quirúrgica. 2. El dolor ha estado presente durante al menos 6 meses. 3. Está demostrado que el dolor es de origen discogénico. El diagnóstico debe ser confirmado mediante bloques diagnósticos controlados al nivel a tratar. 4. El tratamiento no se realiza con el fin de suprimir la reclamación o reducir la dosis de opioides.
2.2 Documentación y pautas de codificación
La documentación es vital para establecer la necesidad médica de la RFA en los registros médicos de los pacientes. La política de Medicare ha establecido pautas específicas con respecto a la documentación necesaria para fundamentar los reclamos de servicios de RFA. Cuando estos servicios no queden reflejados claramente en el expediente médico, se denegará el reclamo. La información pertinente al procedimiento de RFA del paciente debe documentarse en varias áreas del expediente médico: Historial y examen físico, notas de progreso, informe del procedimiento y pruebas de diagnóstico. Las pautas de Medicare especifican que los procedimientos de ablación por RF deben informarse utilizando los códigos CPT 3299, 76000 o 76005. Cuando se envían estos códigos, el código de diagnóstico primario ICD-9 debe ser el síntoma o afección local de la RFA. Por ejemplo, el dolor en la articulación SI es el diagnóstico local para un paciente cuyo síntoma es dolor en las nalgas o en las extremidades inferiores. Cuando el diagnóstico primario no sea local al procedimiento RFA, se denegará el reclamo. Si Medicare ha establecido una LCD para el procedimiento específico, el código de diagnóstico debe ser consistente con la política aprobada.
2.3 Cobertura para Condiciones Específicas
Se realizó una comparación de la nueva política de cobertura de Medicare de 2003 y las políticas de cobertura de aseguradoras privadas seleccionadas utilizando como punto de referencia la política de cobertura nacional de Medicare sobre ablación por RF. Las pólizas de cobertura de las aseguradoras privadas se actualizaron en octubre de 2003 utilizando datos de la póliza de Medicare de 2002. Se analizaron las actualizaciones de la política de Medicare para evaluar el impacto potencial en la convergencia entre Medicare y las aseguradoras privadas. Se crearon árboles de decisión que describen la cobertura y no cobertura de la ablación por RF para Medicare y aseguradoras privadas representativas. La profundidad y el alcance de las pólizas de cobertura de las aseguradoras privadas se midieron mediante el porcentaje de acuerdo con los elementos correspondientes de la póliza de Medicare. Se observó una creciente semejanza entre los árboles de decisión entre las aseguradoras privadas y la política de Medicare. El porcentaje de acuerdo con la política de Medicare aumentó del 67% en 2002 al 76% en 2003. Los árboles de decisión mostraron un grado de similitud del 96% entre Medicare y las aseguradoras privadas. La política de cobertura nacional de Medicare de 2003 sobre ablación por RF es la declaración más actualizada de la política de cobertura de Medicare sobre el procedimiento a partir de septiembre de 2008. Las políticas de cobertura de aseguradoras privadas utilizadas como sustitutos de las pólizas Medigap pueden diferir de las del programa Medicare. Sin embargo, las decisiones de cobertura de ablación de RF de las aseguradoras privadas en 2003 mostraron una convergencia hacia la política de Medicare. Con el creciente respaldo de la política de Medicare al procedimiento, la disponibilidad de la ablación por RF para los beneficiarios de Medicare ha mejorado en relación con los años anteriores y con lo que se espera para el futuro. El alto cumplimiento nacional de la atención cardíaca óptima con las pautas de cobertura de Medicare para la ablación por RF puede conferir considerables beneficios clínicos y de calidad de la atención al paciente para pacientes de edad avanzada con afecciones elegibles. (Henry-Lines, 2021)(Manchikanti et al.2024)(Kakish et al.2024)(Manchikanti et al.2020)(Tettelbach et al.2024)(Cohen et al.2020)(Dickow et al.2022)( Madrigal et al.2022)
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3. Proceso de obtención de la cobertura de Medicare para la ablación por radiofrecuencia
El proceso comienza con una visita de consulta inicial. Durante la visita, se revisan los síntomas y el historial médico del paciente para determinar si es candidato para la RFA. El médico supervisor analiza las opciones de tratamiento con el paciente y puede decidir programar una visita posterior para la cita previa a la RFA. Durante la consulta inicial o en la visita previa a la RFA, el médico supervisor puede determinar que se necesita un estudio de imágenes (p. ej., resonancia magnética) para evaluar más a fondo la condición del paciente antes de poder recomendar una opción de tratamiento. Si se determina que el paciente es candidato para la RFA y es la opción de tratamiento preferida, el médico supervisor debe documentar la necesidad médica del procedimiento en el expediente médico del paciente. El siguiente paso es obtener la preautorización o autorización previa de Medicare para el procedimiento RFA. La autorización previa y la autorización previa son procesos para solicitar la aprobación de Medicare para el pago del procedimiento RFA antes de realizar el procedimiento. El médico supervisor solicita la autorización previa antes de programar un procedimiento en el consultorio. El médico supervisor o el centro solicitan autorización previa cuando el procedimiento de RFA está programado en un centro para comenzar el proceso de seguimiento de la autorización previa para el pago en el consultorio.
3.1 Consulta inicial y derivación
La consulta inicial y la derivación requieren que el paciente identifique al médico especialista en dolor como el especialista mejor capacitado para realizar el procedimiento de RFA y controlar su dolor crónico. En este momento, el paciente y el médico de atención primaria deberán recopilar y enviar todas las notas del consultorio, informes de imágenes y otra documentación sobre el dolor crónico al especialista en dolor. Esto es esencial para confirmar el diagnóstico de una afección espinal dolorosa y establecer la necesidad médica de una ARF, en caso de que el paciente decida continuar con el procedimiento. Las notas del consultorio y otra documentación del médico remitente pueden ayudar a establecer la necesidad médica de la ARF y establecer que se han probado tratamientos conservadores y han fracasado. Si los registros están incompletos o son insuficientes para establecer la necesidad médica de la ARF, el especialista en dolor puede pedirle al paciente que programe una cita con el médico remitente para solicitar y recopilar documentación adicional. Esto, por supuesto, resulta en un retraso en el proceso de atención del paciente con dolor crónico que busca la ARF como medio para regresar más rápidamente al estado funcional normal.
3.2 Preautorización y Autorización Previa
Según el pago por servicio de Medicare, los pacientes con Medicare tradicional no están obligados a completar el proceso de autorización previa. El especialista o proveedor de RF verificará si el paciente es elegible para Medicare y luego presentará una solicitud para el procedimiento de RFA. Se enviarán detalles por escrito de la solicitud aprobada tanto al paciente como al especialista en RF, aunque es importante tener en cuenta que esto no necesariamente significa cobertura de Medicare para el procedimiento.
El paciente puede sentir molestias, enrojecimiento o hinchazón en el lugar de la punción. Estos síntomas suelen desaparecer en un par de días. Si no lo hacen, se prolongan o empeoran, el paciente debe contactar con su médico de referencia. En algunas ocasiones puede ser necesario consultar al especialista en RF o al radiólogo intervencionista que realizó el procedimiento. Si es necesario, el paciente le pedirá a su médico o especialista que envíe una explicación y más detalles del tratamiento RFA en un formulario de solicitud de autorización previa de la Parte B de Medicare. El paciente debe estar bien informado y comprender los detalles del proceso de autorización y lo que se requiere de él y de su médico. Los detalles por escrito de la solicitud aprobada se enviarán tanto al paciente como al especialista en RF, lo que suele tardar entre 10 y 14 días. Tenga en cuenta que la falta de confirmación de autorización previa no es infrecuente en los planes de atención administrada de Medicare, pero siempre garantizará que la responsabilidad del pago recaiga en el plan de salud. (Taylor et al.2021)(Ladds et al.2020)(Snapiri et al.2020)(Herrera et al.2021)(Buttery et al.2021)
Ahora que se ha programado el tratamiento de RFA, el siguiente paso es obtener la autorización para este procedimiento ambulatorio. La autorización previa o autorización previa es un requisito para algunos beneficiarios de Medicare, particularmente aquellos inscritos en Medicare+Choice, y se verifica si el paciente todavía es candidato a cirugía menos invasiva. En esta situación, el médico remitente o el proveedor que inició la solicitud de RFA habría recibido el formulario de necesidad médica de RFA completo del especialista en RF.
3.3 Facturación y Reembolso
Hay dos códigos CPT para la ablación por radiofrecuencia del hígado (CPT 47370) o del pulmón (CPT 32994). El uso adecuado de estos códigos depende de una comunicación efectiva. Actualmente, no existe un GRD distinto para este servicio, por lo que el reembolso se calcula en función de los costos hospitalarios de casos similares. Esta es una justificación adicional para seguir informado sobre la codificación de este servicio, ya que es posible que en el futuro se cree un DRG de ablación de RF distinto. Finalmente, con la excepción de los pacientes de Medicare, la facturación por la ablación por RF de tumores de pulmón o hígado se realiza mediante un código de evaluación y manejo (generalmente el mismo que se usa durante la biopsia de la lesión), así como un modificador para el procedimiento específico. No se deben aceptar honorarios globales por estos procedimientos, ya que se dividen en dos componentes diferenciados: el servicio de evaluación y gestión y la propia ablación. La comprensión completa de la codificación y facturación adecuadas de estos servicios garantizará el máximo conocimiento práctico de la ablación por RF en el campo de la oncología intervencionista.
3.4 Apelaciones y Reconsideración
Solís continúa destacando el proceso de apelación y su importancia. Existe una distinción entre reabrir un reclamo denegado y apelarlo formalmente. Lo primero es más fácil y normalmente implica volver a presentar el reclamo con una breve nota, y se recomienda hacerlo primero. Incurrir en un pago reducido del 10% y estar limitado a $500 por reclamo en términos de reembolso. Las apelaciones completas implican una solicitud por escrito al intermediario fiscal, incluyendo los motivos específicos del desacuerdo, y pueden implicar la presentación del caso en persona. Solís señala que existe una alta tasa de éxito con las apelaciones y las alienta a pesar de ser un proceso que requiere mucho tiempo. También explica que, según las nuevas regulaciones, las leyes de participación en las ganancias de Medicare quedarán en suspenso durante el proceso de apelación. Esto es importante ya que anteriormente, incluso si un hospital ganara una apelación y se le concediera el reembolso completo, los grupos de médicos asociados serían responsables de devolver cualquier dinero que hubieran recibido en exceso del pago de Medicare, y esto saldría del reembolso del hospital. . Esto ha sido citado como un importante desincentivo para la participación de los médicos en el proceso de apelación. El método final para solicitar la reconsideración es emprender acciones legales, aunque esto no se recomienda a menos que se hayan agotado todos los demás métodos de reconsideración debido al costo y el consumo de tiempo. Sin embargo, si un médico opta por una acción legal y gana su caso, las acciones legales resultarán en que Medicare tenga que pagar el interés de la parte prevaleciente y los costos directos del litigio y los honorarios de los abogados, ya que estos honorarios ahora estarán cubiertos por la sanción de Medicare. -id de plantilla=»28544″]
Referencias:
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