Tiene que ser ciudadano estadounidense o residente legal permanente para calificar para Medicare, pero no tiene que vivir aquí.
¿Pierde Medicare si se muda fuera del país? La mayoría de las personas saben que cuando se van de vacaciones a un país extranjero, Medicare normalmente no los sigue. Solo si tiene un plan Medigap que cubre una parte de la atención de emergencia médicamente necesaria fuera de los Estados Unidos, existen excepciones. Pero, si te mudas totalmente fuera del país, ¿pierdes tu cobertura de Medicare? La respuesta corta es no, cuando se muda a otro país, no pierde su cobertura de Medicare.
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¿Tengo que vivir en los EE. UU. para obtener Medicare?
Para acceder a las Partes A y B de Medicare, debe ser ciudadano estadounidense o residente legal permanente, pero no es necesario que viva en los Estados Unidos.
Sin embargo, las reglas para la Parte C de Medicare (Medicare Advantage) y la Parte D de Medicare son diferentes (cobertura de medicamentos recetados). Las aseguradoras privadas brindan estos planes, y la mayoría de ellos requieren que los suscriptores vivan dentro del área de servicio del plan durante al menos 6 meses al año. Las pautas se pueden encontrar en los detalles de cualquier plan.
Los planes Medigap, a menudo conocidos como seguros complementarios de Medicare, simplemente requieren que usted sea residente de los EE. UU. al momento de la inscripción. Puede conservar su plan Medigap incluso si se muda a otro país, siempre y cuando pague sus primas. Por supuesto, no podrá usarlo, pero si decide regresar a los Estados Unidos, lo tendrá.
¿Qué sucede con su cobertura de Medicare si se muda a otro país?
No se cancelará su inscripción en Medicare si se muda a otro país a menos que lo solicite o renuncie a su ciudadanía estadounidense. (Tenga en cuenta que debe ser ciudadano estadounidense o residente legal permanente para ser elegible para Medicare). Sin embargo, incluso si paga pagos mensuales, no podrá usar la Parte A o la Parte B de Medicare para pagar servicios internacionales. tratamiento.
Sin embargo, decidir si preservar o no su cobertura de Medicare es una decisión más difícil. Hay otros factores a considerar, incluso si es elegible para la Parte A sin prima o si planea viajar a los Estados Unidos con regularidad. Es fundamental tener en cuenta que el programa Medicare sufre modificaciones anuales. Es una buena idea consultar Medicare.gov o llamar al 1-800-MEDICARE para obtener respuestas a sus preguntas específicas.
¿Obtiene Medicare Parte A sin prima?
Casi todos califican para la cobertura sin prima de la Parte A de Medicare porque el único requisito es que usted o su cónyuge hayan pagado los impuestos de Medicare durante diez años. Y como es gratis, le recomendamos que se inscriba en la Parte A de Medicare tan pronto como sea elegible. La única excepción es si desea seguir contribuyendo a una cuenta de ahorros para la salud (HSA) después de cumplir los 65 años.
Puede mantener sus beneficios de la Parte A de Medicare incluso si no podrá usarlos mientras resida en otra nación. Y es posible que necesite esa cobertura si alguna vez regresa a los Estados Unidos, ya sea para vivir o visitar. Cuando se mude, omitir la Parte A podría generar costosas interrupciones en la cobertura.
Si no califica para un Período de Inscripción Especial cuando regrese a los Estados Unidos, tendrá que esperar hasta el Período de Inscripción General para inscribirse en las Partes A y B. (Medicare Original). Todos los años, entre el 1 de enero y el 31 de marzo, se realiza la Inscripción General, con cobertura a partir del 1 de julio.
La mayoría de las personas deben pagar la prima de la Parte B de Medicare, que varía de un año a otro. La prima regular de la Parte B en 2021 es de 148,50.
¿Por qué mantendría Medicare si se muda a otro país?
Si tiene alguna intención de regresar a los Estados Unidos o pasar una parte del año aquí, debe mantener su cobertura de Medicare. Estará protegido contra las brechas de cobertura y multas por inscripción tardía potencialmente significativas como resultado de esto.
La multa por demora para la Parte A de Medicare es del 10 % por el doble de años que podría haber recibido la Parte A pero no la recibió. Como resultado, por cualquier período completo de 12 meses sin tener la Parte A, debe pagar una multa del 10 % durante 24 meses.
La multa por inscripción tardía para la Parte B de Medicare es del 10 % por cada año que pudo haber tenido la Parte B pero no la tuvo. Entonces, 12 meses equivalen al 10 %, 24 meses equivalen al 20 %, y así sucesivamente.
La multa por inscripción tardía para la Parte D de Medicare se calcula mensualmente. Por cada mes que no haya tenido una cobertura acreditable de medicamentos, se le cobrará el 1 % de la prima base nacional del beneficiario, redondeado a la moneda de diez centavos más cercana. Entonces, un mes equivale al uno por ciento, dos meses equivale al dos por ciento, y así sucesivamente. En 2022, la prima base del beneficiario será de $33.37.
Debido a que pocas personas pagan el pago de la Parte A de Medicare, muy pocas personas deben la multa de la Parte A.
Usted es responsable de pagar las multas por inscripción tardía de las Partes B y D durante la duración de su cobertura de Medicare.
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¿Tiene seguro médico u otra cobertura?
Si califica para un Período Especial de Inscripción, no tendrá que pagar la multa por inscripción tardía (SEP) de la Parte B de Medicare. A los efectos de este artículo, la cobertura acreditable se define como la que tiene beneficios y costos comparables a los de Medicare.
Tiene cobertura acreditable si tiene un seguro de salud grupal a través de un empleador (suyo o de su cónyuge) o un sistema nacional de salud (que brindan la mayoría de los países desarrollados). Si es voluntario en una organización como el Cuerpo de Paz, su cobertura también se considera acreditable. Una vez que venza su cobertura actual, debe ser elegible para un período de inscripción especial de 8 meses en cualquiera de estos escenarios.
Su SEP comienza el mes posterior a la finalización de su empleo O el mes posterior a la finalización de su cobertura, lo que ocurra primero (lo que ocurra primero). No se le cobrará una multa por inscripción tardía si se inscribe en la Parte B de Medicare durante su SEP.
Si espera hasta que regrese a los Estados Unidos para solicitar Medicare (a menos que sea dentro del plazo de 8 meses), es casi seguro que se le cobrarán multas por demora. También tendrá que esperar hasta la Inscripción general, lo que podría dejarlo con una gran brecha de cobertura.
¿Es acreditable su seguro de salud?
No todos los seguros de salud son cobertura acreditable, especialmente una vez que cumples los 65 años. Aquí hay varios ejemplos:
Solo si tiene la Parte B de Medicare puede mantener la cobertura de TRICARE o CHAMPVA (a menos que usted o su cónyuge sean miembros en servicio activo).
No trabaja activamente: si tiene un seguro de salud a través de su empresa pero ya no está empleado, su cobertura ya no es acreditable. Lo mismo es cierto si el empleador de su cónyuge brinda cobertura. La cobertura deja de ser acreditable si la persona asegurada deja de tener un empleo activo.
COBRA: no se le considera acreditable si tiene cobertura COBRA ya que no está empleado activamente. Sin embargo, si su plan COBRA incluye seguro de salud para dependientes, es posible que desee conservarlo. Si desea evitar multas permanentes por demora, aún debe inscribirse en la Parte B.
Si tenía cobertura acreditable antes de inscribirse en Medicare, deberá probarlo. Guarde todo lo que pueda: declaraciones de impuestos, declaraciones médicas, avisos de la compañía de seguros, talones de pago, etc.
¿Cumpliste 65 años mientras vivías en otro país?
Si no tenía 65 años cuando se mudó a otra nación, las cosas son un poco diferentes.
Cuando ingresa a su Período de inscripción inicial y vive en una nación extranjera, la SSA debe enviarle una carta (IEP). Si ya estaba recibiendo pagos de la Junta de Retiro Ferroviario (RRB) o del Seguro Social cuando cumplió 65 años, puede inscribirse automáticamente.
Mientras viven en otra nación, aquellos que califican para la Parte A sin prima pueden inscribirse en Medicare. La Administración del Seguro Social (SSA) proporciona una lista de oficinas internacionales que pueden ayudarlo. Puede encontrarlo aquí en SSA.gov.
Si se aplican TODOS los siguientes, tendrá que esperar hasta que regrese a los Estados Unidos para inscribirse en la Parte B de Medicare:
Usted es ciudadano de los Estados Unidos de América.
Has cumplido los 65 años.
No tiene derecho a los beneficios del Seguro Social.
En tu 65 cumpleaños, estabas viviendo en un país lejano.
Una vez que regrese a los Estados Unidos, tendrá tres meses para inscribirse en Medicare.
¿Qué sucede con la Parte D de Medicare?
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¿Cuándo debe inscribirse en Medicare?
Si tiene 65 años y vive en los Estados Unidos, debe inscribirse en Medicare durante el Período de inscripción inicial. Esto comienza tres meses antes de cumplir 65 años y continúa durante siete meses. Por ejemplo, si cumple 65 años en abril, su IEP comenzará el 1 de enero y vencerá el 31 de julio.
Incluso si sabe que tendrá otro seguro una vez que se mude, debe inscribirse en la Parte A (suponiendo que sea gratis). Si cree que no tendrá suficiente cobertura mientras esté en el extranjero y planea visitar o mudarse a los Estados Unidos regularmente, también se recomienda la cobertura de la Parte B.
Aquellos que son elegibles para un Período Especial de Inscripción deben actuar rápidamente. Si no lo hace, corre el riesgo de incurrir en multas por demora y sin cobertura.
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